La intervención de Peritos en los Juzgados son requeridas, bien sea de parte, o nombrados por el Tribunal.

 Desacuerdos en Valoración del Patrimonio
 Herencias
 Divorcios
 Reclamación al Promotor por Daños en la Vivienda
 Reclamación al Seguro por Daños Diversos (Desacuerdos)
 Reclamación por Daños a Terceros
 Tasación Pericial Contradictoria
 Embargos y Subastas

     

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LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. - SECCIÓN 5.a DEL DICTAMEN DE PERITOSArtículo 335. Objeto y finalidad del dictamen de peritos. Juramento o promesa de actuar con objetividad.

1. Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal.

Ley 50/1.980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro - Artículo 38.- "Una vez producido el siniestro.....Si no lograse el acuerdo dentro del plazo previsto en el art. 18, cada parte designará un perito, debiendo constar por escrito la aceptación de éstos. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiere designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazo se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, ambas partes designarán un tercer Perito de conformidad y de no existir ésta, la designación se hará por el Juez de Primera Instancia del lugar en que se hallaren los bienes, en acto de jurisdicción voluntaria y por los trámites previstos para la insaculación de peritos en la Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso, el dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado por las partes o, en su defecto, en el de treinta días, a partir de la aceptación de su nombramiento por el perito tercero".